Gastos e impuestos de vender tu piso en Madrid 2026
Guía para vendedores · Madrid 2026

Gastos e impuestos de vender tu piso en Madrid en 2026

Antes de firmar, necesitas saber cuánto dinero va a quedarse en el camino. IRPF, plusvalía, notaría y agencia: te explicamos cada concepto con números reales para que no te lleves ninguna sorpresa.

📅 Actualizado julio 2026 ⏱ 8 min de lectura 📌 Fuente: Agencia Tributaria · Idealista 2026

¿Cuánto cuesta realmente vender un piso en Madrid?

La cifra que aparece en el contrato no es lo que recibes en el banco. Al vender un piso en Madrid en 2026, el vendedor asume varios costes que, dependiendo de la operación, pueden suponer entre un 8% y un 15% del precio de venta. En algunos casos más, si hay hipoteca pendiente.

Para un piso vendido en Madrid a

350.000 € → entre 28.000 y 52.500 € en costes

Los costes principales son cuatro: el IRPF sobre la ganancia patrimonial, la plusvalía municipal, los gastos de cancelación de hipoteca (si los hay) y la comisión de la agencia inmobiliaria. A continuación analizamos cada uno con detalle.

📊 Ejemplo real · Madrid 2026

Piso comprado en 2015 por 220.000 € · Vendido en 2026 por 350.000 €

Precio compra
220.000 €
Precio venta
350.000 €
Ganancia patrimonial
130.000 €
IRPF estimado
~29.200 €
Plusvalía municipal aproximada: ~5.800 € · Cancelación hipoteca: ~1.200 € · Comisión agencia (4%): ~14.000 €

Impuestos que paga el vendedor: IRPF y plusvalía municipal

IRPF sobre la ganancia patrimonial

El IRPF se calcula sobre la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra (ambos actualizados con los gastos deducibles: notaría, registro, mejoras documentadas). En 2026 los tipos vigentes son:

Ganancia patrimonial Tipo IRPF Ejemplo (sobre ese tramo)
Hasta 6.000 €19%1.140 €
De 6.001 € a 50.000 €21%9.240 €
De 50.001 € a 200.000 €23%34.500 €
De 200.001 € a 300.000 €27%27.000 €
Más de 300.000 €28%
💡
Gastos deducibles que reducen tu base imponible

Puedes restar del precio de compra: lo que pagaste en ITP o IVA al comprar, los gastos de notaría y registro, las mejoras documentadas y los gastos de la agencia en la operación actual. Guarda todas las facturas.

Plusvalía municipal (IIVTNU) en Madrid

La plusvalía municipal grava el incremento del valor del suelo urbano desde que compraste hasta que vendes. Desde la reforma de 2021, puedes elegir el método que más te favorezca:

  • Método objetivo: valor catastral del suelo × coeficiente según años de tenencia (publicados anualmente por el Ministerio de Hacienda).
  • Método real: si la diferencia real entre precio compra y venta del suelo es menor que la calculada con el método objetivo, puedes tributar sobre la ganancia real.
  • Exención total: si vendes por menos de lo que compraste (pérdida patrimonial), no pagas plusvalía municipal.
⚠️
Plazo para pagar la plusvalía en Madrid

En transmisiones onerosas (compraventa), el vendedor tiene 30 días hábiles desde la firma ante notario para liquidarla en el Ayuntamiento de Madrid. El incumplimiento genera recargos e intereses de demora.

Gastos de notaría, registro y gestoría

En una compraventa, los gastos de notaría de la escritura pública los asume habitualmente el comprador. Sin embargo, hay dos conceptos que sí suelen correr a cargo del vendedor:

Concepto ¿Quién paga? Importe orientativo
Escritura de compraventaComprador0 €
Cancelación registral de hipotecaVendedor800 – 1.500 €
Cancelación notarial de hipotecaVendedor300 – 700 €
Certificado de eficiencia energéticaVendedor100 – 300 €
Cédula de habitabilidad (si caduca)Vendedor150 – 400 €
Nota simple registralVendedor9 – 30 €
Gestoría (opcional)Vendedor300 – 600 €
🏦
¿Tienes hipoteca pendiente?

Si aún debes dinero al banco, deberás cancelarla económicamente en el momento de la venta (con el dinero del comprador) y registralmente después. Este trámite lo puede gestionar tu agencia o una gestoría, y su coste ronda los 1.200 – 2.000 € en total.

¿Cuándo estás exento de pagar IRPF?

No todo el mundo paga IRPF al vender su vivienda. La Agencia Tributaria reconoce varias exenciones relevantes en 2026:

1. Mayores de 65 años: exención total

Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual, estás completamente exento de IRPF sobre la ganancia patrimonial. Sin condiciones adicionales.

2. Reinversión en vivienda habitual

Puedes quedar exento del IRPF (total o parcialmente) si reinviertes el importe obtenido en la compra de una nueva vivienda habitual en un plazo máximo de 2 años (antes o después de la venta). La exención es proporcional al importe reinvertido.

3. Situación de dependencia severa

Las personas en situación de dependencia severa o gran dependencia reconocida también están exentas de tributar por la venta de su vivienda habitual.

4. Venta con pérdida patrimonial

Si el precio de venta es inferior al de compra (descontando gastos), no hay ganancia que tributar. Además, esa pérdida puede compensar otras ganancias patrimoniales en la declaración.

💡
Importante: la vivienda habitual

Para que apliquen las exenciones, el inmueble debe ser tu vivienda habitual, es decir, aquella en la que hayas residido de forma continuada durante al menos 3 años (salvo causas justificadas: traslado laboral, matrimonio, separación, etc.).

Comparativa: vender con agencia vs. venta particular

La comisión de una agencia inmobiliaria en Madrid oscila entre el 3% y el 5% del precio de venta. Para muchos propietarios es el mayor gasto visible de la operación. Pero ¿sale a cuenta?

🏢
Con agencia profesional
Comisión media: 3% – 5% + IVA
  • Valoración profesional del precio de mercado
  • Difusión multicanal (portales, RRSS, base de clientes)
  • Filtrado y cualificación de compradores
  • Negociación a tu favor
  • Gestión de visitas y documentación
  • Acompañamiento hasta notaría
  • Menor tiempo hasta la venta
👤
Venta particular
Sin comisión de agencia
  • Ahorro en comisión
  • Control total del proceso
  • Publicación en portales generalistas
  • Gestiones legales por tu cuenta
  • Mayor tiempo de venta (media +40 días)
  • Riesgo de infravalorar el precio
📈
El precio final importa más que la comisión

Un piso mal valorado puede venderse 15.000 – 30.000 € por debajo de su precio real. Una agencia que negocia bien puede recuperar con creces su comisión y vender en menos tiempo. En Real Estate Leader trabajamos con honorarios claros y sin sorpresas.


Preguntas frecuentes sobre gastos de vender un piso en Madrid

¿Cuánto se paga de IRPF al vender un piso en Madrid?
El IRPF sobre la ganancia patrimonial tributa entre el 19% y el 28% según tramos: hasta 6.000 € al 19%, de 6.001 € a 50.000 € al 21%, de 50.001 € a 200.000 € al 23%, de 200.001 € a 300.000 € al 27% y más de 300.000 € al 28%. Solo tributas si vendes por más de lo que compraste, y puedes deducir los gastos de compra y las mejoras acreditadas.
¿Cuánto es la plusvalía municipal al vender en Madrid?
Depende del valor catastral del suelo, los años de tenencia y el método elegido (objetivo o real). En general, supone entre el 5% y el 15% del incremento del valor del suelo. Desde 2021 puedes elegir el método que más te favorezca, y si vendiste con pérdida, estás exento.
¿Quién está exento de pagar IRPF al vender su vivienda habitual?
Están exentos: mayores de 65 años (exención total), personas en situación de dependencia severa, y propietarios que reinviertan el importe total en una nueva vivienda habitual en 2 años (exención por reinversión, proporcional al importe reinvertido).
¿Cuánto cobran las inmobiliarias por vender un piso en Madrid?
Las agencias en Madrid cobran habitualmente entre el 3% y el 5% del precio de venta más IVA. Para un piso de 350.000 €, supone entre 10.500 € y 17.500 € + IVA. Sin embargo, una agencia con acceso a compradores cualificados puede negociar un precio más alto y reducir el tiempo de venta, compensando ese coste.
¿Qué gastos paga exactamente el vendedor al vender un piso en Madrid?
El vendedor paga: IRPF sobre la ganancia patrimonial, plusvalía municipal, cancelación notarial y registral de hipoteca (si existe), certificado de eficiencia energética, cédula de habitabilidad si está caducada, y comisión de agencia si interviene una. Los gastos de notaría de la escritura de compraventa los suele asumir el comprador.
¿Puedo deducir la comisión de la agencia en el IRPF?
Sí. La comisión pagada a la agencia inmobiliaria es un gasto directamente relacionado con la transmisión y se puede deducir del precio de venta para calcular la ganancia patrimonial, reduciendo así la base imponible del IRPF.
Real Estate Leader · Madrid

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