Comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana activa hasta tres impuestos distintos según el tipo de inmueble. Esta guía detalla cuánto pagarás, cómo se calcula cada figura y qué reducciones puedes aplicar antes de firmar ante notario.
Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana
Los impuestos en la compra de vivienda en la Comunidad Valenciana dependen de un factor clave: si el inmueble es nuevo o de segunda mano. Esa distinción determina si tributa por IVA o por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), y condiciona también el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
- ITP (segunda mano): Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Grava las compras entre particulares. Tipo general del 10 % en la Comunidad Valenciana.
- IVA (obra nueva): Lo aplica el promotor en la primera transmisión. Tipo general del 10 % para vivienda libre; 4 % para vivienda de protección oficial de régimen especial.
- AJD: Actos Jurídicos Documentados. Se paga siempre que se firma ante notario y se inscribe en el Registro. En la Comunidad Valenciana el tipo general es el 1,5 % sobre la base escriturada.
- IIVTNU (plusvalía municipal): Recae sobre el vendedor, no el comprador. Salvo pacto expreso en contrato, el comprador no asume este tributo.
Cuánto cuesta el ITP en la Comunidad Valenciana
El ITP es competencia autonómica. La Comunidad Valenciana aplica una escala progresiva según el valor de referencia del inmueble fijado por el Catastro, que desde 2022 es la base imponible por defecto.
| Valor del inmueble | Tipo aplicable | Ejemplo 250.000 € |
|---|---|---|
| Hasta 1.000.000 € | 10 % | 25.000 € |
| Más de 1.000.000 € | 11 % | — |
| VPO régimen especial | 4 % | — |
| VPO régimen general | 8 % | — |
El tipo del 10 % cubre la mayoría de las operaciones residenciales. Para una vivienda con un valor de referencia catastral de 250.000 €, la cuota de ITP asciende a 25.000 €. Esta cifra se abona en los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura mediante el modelo 600.
Reducciones y tipos reducidos del ITP que debes conocer
La normativa valenciana contempla tipos reducidos del ITP para perfiles concretos de comprador. Aplicar el tipo equivocado por desconocimiento supone un sobrecoste evitable.
- Jóvenes menores de 35 años: Tipo reducido del 8 % si el inmueble será residencia habitual y el valor no supera el límite fijado por la normativa autonómica vigente.
- Familia numerosa: Tipo del 4 % al adquirir la vivienda habitual, con límites de valor del inmueble y de renta del contribuyente.
- Personas con discapacidad ≥ 65 %: Tipo del 4 % para adquisición de vivienda habitual, sin límite de edad, con comprobación documental de la discapacidad.
- Víctimas de violencia de género: Exención total del ITP en determinadas condiciones acreditadas judicialmente o por la administración competente.
AJD: cómo se calcula y cuándo se paga
El AJD grava los documentos notariales que se inscriben en registros públicos. En una compraventa con hipoteca, la responsabilidad del AJD de la hipoteca recae sobre el banco desde la reforma de la Ley 5/2019. El comprador solo paga el AJD de la escritura de compraventa.
La base del AJD en la escritura de compraventa es el valor declarado en escritura o el valor de referencia catastral, el mayor de los dos.
En la Comunidad Valenciana el tipo general del AJD es el 1,5 %. Para operaciones sujetas a IVA (obra nueva), este porcentaje se aplica sobre el precio escriturado.
El AJD y el ITP se autoliquidan conjuntamente en el modelo 600 ante la Conselleria de Hacienda. Plazo: 30 días hábiles desde la firma de la escritura.
El Registro exige el justificante de pago del impuesto para inscribir la transmisión. Sin inscripción, la protección registral frente a terceros no opera.
Ejemplo práctico: coste fiscal total de una compraventa
Para un piso de segunda mano con valor de referencia catastral de 200.000 € adquirido por un comprador sin perfil de reducción, el desglose fiscal es el siguiente:
| Impuesto | Base | Tipo | Cuota |
|---|---|---|---|
| ITP | 200.000 € | 10 % | 20.000 € |
| AJD (compraventa) | 200.000 € | 1,5 % | 3.000 € |
| Total impuestos | — | — | 23.000 € |
A este coste fiscal hay que sumar los gastos de notaría, registro e intermediación, que suelen representar entre un 1 % y un 2 % adicional sobre el precio de compra. La estimación total de gastos de adquisición en la Comunidad Valenciana oscila entre el 12 % y el 14 % sobre el precio escriturado para el perfil general.
Conocer el impuesto exacto antes de firmar el contrato de arras es la diferencia entre una negociación con margen y una compra con desvío de presupuesto.
Errores más frecuentes al calcular los impuestos
- Usar el precio de compra y no el valor de referencia: Si el valor de referencia catastral supera el precio pactado, la Hacienda valenciana puede girar una liquidación complementaria. Comprueba siempre el valor catastral antes de cerrar precio.
- No verificar el régimen de la VPO: Una vivienda de protección oficial puede estar calificada en régimen especial (4 %) o general (8 %). El certificado de calificación definitiva lo aclara.
- Asumir que la hipoteca lleva AJD al comprador: Desde 2019 el banco asume el AJD de la constitución de hipoteca. Incluirlo en el cálculo del comprador sobreestima el coste fiscal.
- Perder el plazo de 30 días hábiles: La presentación fuera de plazo genera recargos del 5 % al 20 % según el retraso, más los intereses de demora. El plazo es de 30 días hábiles, no naturales.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el ITP de una vivienda en la Comunidad Valenciana en 2026?
¿Cuándo se paga IVA y cuándo ITP al comprar una vivienda?
¿Qué es el valor de referencia catastral y cómo afecta al ITP?
¿Tiene el comprador que pagar la plusvalía municipal?
¿Cuál es el plazo para pagar el ITP tras la firma de la escritura?
¿Para quién es?
- Compradores particulares que adquieren su primera o segunda vivienda en la Comunidad Valenciana
- Inversores que evalúan el coste fiscal total antes de cerrar una operación
- Profesionales inmobiliarios que asesoran a clientes en la estimación de gastos de compra
- Vendedores de inmuebles (sus impuestos son distintos: IRPF por ganancia patrimonial y plusvalía municipal)
- Compradores en otras comunidades autónomas (los tipos de ITP varían por territorio)
Comprar una vivienda de segunda mano en la Comunidad Valenciana supone afrontar un ITP del 10 % más un AJD del 1,5 %, lo que representa aproximadamente un 11,5 % sobre el valor de referencia catastral solo en impuestos. Para obra nueva, el esquema cambia a IVA del 10 % más AJD del 1,5 %. Antes de firmar arras, consulta el valor de referencia catastral en la Sede Electrónica del Catastro, verifica si cumples algún criterio de tipo reducido y reserva el importe fiscal en tu planificación financiera. El plazo de 30 días hábiles para liquidar el impuesto no admite demoras.