El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Comunitat Valenciana grava la compra de vivienda de segunda mano. Conoce los tipos aplicables, las bonificaciones vigentes y cuánto pagarás antes de firmar.
Qué es el ITP y cuándo se aplica en Valencia
El ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) es el tributo que paga el comprador cuando adquiere una vivienda de segunda mano en España. En la Comunitat Valenciana, la gestión y los tipos impositivos los fija la Generalitat Valenciana, por lo que difieren de otras comunidades autónomas.
El impuesto se aplica únicamente a viviendas usadas. Si el inmueble es de obra nueva y el vendedor es un promotor, el tributo aplicable es el IVA (10 % con carácter general), no el ITP. Confundir ambos supuestos es el error más habitual entre compradores.
Tipos del ITP en la Comunitat Valenciana en 2026
La Comunitat Valenciana aplica un sistema de tipos progresivos por tramos sobre el valor de referencia catastral —o el precio escriturado si es superior— desde la reforma fiscal de 2023, en vigor a fecha de publicación de esta guía.
| Tramo de valor del inmueble | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 400.000 € | 10 % |
| De 400.001 € a 700.000 € | 11 % |
| Más de 700.000 € | 12 % |
| Garajes independientes (> 30.000 €) | 10 % |
El tipo se aplica de forma progresiva: cada tramo grava únicamente la parte del valor que lo supera, no la totalidad del precio. Así, una vivienda de 450.000 € tributa al 10 % los primeros 400.000 € y al 11 % los 50.000 € restantes.
Bonificaciones y tipos reducidos vigentes
La normativa valenciana contempla tipos reducidos para colectivos específicos. Antes de calcular tu cuota, verifica si perteneces a alguno de estos grupos, ya que el ahorro puede ser significativo.
- Jóvenes menores de 35 años: Tipo reducido del 8 % si el precio no supera 180.000 € y la vivienda es residencia habitual.
- Familia numerosa: Tipo del 6 % para vivienda habitual con precio máximo de 360.000 €.
- Personas con discapacidad (≥ 33 %): Tipo del 6 % si es residencia habitual y el valor no excede 180.000 €.
- Víctimas de violencia de género: Tipo del 4 %, sin límite de valor establecido en la normativa autonómica vigente.
- Viviendas de protección oficial (VPO): Tipo del 4 % con independencia del comprador, siempre que sea primera transmisión protegida.
Ejemplo real de cálculo del ITP en Valencia
Comprador de 40 años adquiere un piso usado en el barrio de Ruzafa (Valencia ciudad) por 320.000 €. El valor de referencia catastral es inferior al precio escriturado, así que la base imponible es 320.000 €.
- Base imponible: 320.000 € (precio escriturado, al ser superior al valor de referencia).
- Tipo aplicable: 10 % (el valor íntegro queda dentro del primer tramo, hasta 400.000 €).
- Cuota ITP: 32.000 €.
- Total con AJD (0,5 % aprox.): 33.600 € de impuestos totales en la operación.
Si el mismo comprador tuviera 33 años y cumpliera los requisitos de residencia habitual y precio máximo (180.000 €), el tipo bajaría al 8 % y la cuota se reduciría en consecuencia. Con un precio de 320.000 €, sin embargo, no accedería a la bonificación de jóvenes por superar el límite.
Plazos y procedimiento de pago
El ITP se autoliquida mediante el modelo 600 de la Conselleria de Hisenda de la Generalitat Valenciana. El comprador dispone de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura pública para presentarlo y abonar la cuota.
El notario facilita la copia autorizada. Desde este momento empieza el cómputo de los 30 días hábiles.
Compara el precio escriturado con el valor de referencia catastral del inmueble (consulta en la Sede Electrónica del Catastro). La base imponible es el mayor de los dos.
Disponible en la web de la Agència Tributària Valenciana (ATV). Puedes presentarlo y pagarlo de forma telemática con certificado digital o Cl@ve.
El pago puede realizarse en entidades bancarias colaboradoras o por pasarela online. Guarda el justificante: lo necesitarás para registrar la vivienda.
Presenta la escritura y el justificante de pago del ITP. Sin acreditar el abono, el Registro no inscribirá la transmisión.
Valor de referencia catastral: el cambio que más afecta al cálculo
Desde 2022, Hacienda utiliza el valor de referencia catastral como base imponible mínima del ITP. Si escrituras por debajo de ese valor, Hacienda puede girar una liquidación complementaria. Este cambio normativo afecta especialmente a compradores que negocian precios por debajo de mercado o en zonas con alta demanda como Valencia capital.
El valor de referencia se consulta gratuitamente en la Sede Electrónica del Catastro introduciendo la referencia catastral del inmueble. Recomendamos hacerlo antes de firmar el contrato de arras para estimar la cuota real del ITP sin sorpresas.
El error más caro en una compraventa no es negociar mal el precio, sino descubrir la factura fiscal cuando ya has firmado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el ITP en Valencia en 2026?
¿Cuál es la diferencia entre ITP e IVA en una compraventa de vivienda?
¿Cómo se calcula la base imponible del ITP en Valencia?
¿En cuánto tiempo hay que pagar el ITP tras escriturar?
¿Puedo deducir el ITP en la declaración de la renta?
¿Para quién es?
- Compradores de vivienda usada en la Comunitat Valenciana que quieren estimar los impuestos antes de firmar
- Inversores inmobiliarios que operan en Valencia y necesitan conocer la fiscalidad de la transmisión
- Profesionales del sector (agentes, asesores) que acompañan a clientes en procesos de compraventa
- Compradores de vivienda nueva de promotor (su impuesto es el IVA, no el ITP)
- Personas interesadas en el ITP de otras comunidades autónomas: los tipos varían sustancialmente
Para la mayoría de compradores en Valencia, el ITP supone el 10 % del valor del inmueble o del valor de referencia catastral (el mayor de los dos). Las bonificaciones son reales y relevantes, pero exigen acreditarse antes de autoliquidar: si eres menor de 35 años o formas parte de una familia numerosa, revisa los requisitos antes de firmar. El plazo de 30 días hábiles desde escritura es corto; presentar el modelo 600 fuera de plazo genera recargos inmediatos. Consulta el valor de referencia catastral del inmueble antes de negociar el precio para evitar sorpresas en la liquidación final.