Gastos e impuestos al comprar vivienda en Valencia 2026

Descubre todos los gastos e impuestos al comprar una vivienda en Valencia en 2026: ITP, AJD, notaría, registro y gestoría explicados con cifras reales.

Comprar una vivienda en Valencia implica desembolsar entre un 10 % y un 14 % del precio de compraventa en concepto de impuestos y gastos asociados. Esta guía desglosa cada partida con cifras actualizadas para que no haya sorpresas en la firma.

¿Cuánto cuestan realmente los gastos de compra en Valencia?

El precio pactado en la escritura es solo el punto de partida. Al comprarlo, el comprador asume una capa adicional de costes fiscales y administrativos que, en la Comunidad Valenciana, oscila entre el 10 % y el 14 % del valor escriturado. Conocer cada partida con antelación evita desfases de tesorería en el momento más delicado de la operación.

La horquilla se amplía o se estrecha según dos variables clave: si la vivienda es nueva o de segunda mano, y si el comprador reúne los requisitos para alguna bonificación autonómica. A continuación, desglosamos cada coste por separado.

Impuestos: la partida más importante

ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) — vivienda de segunda mano

El ITP es el impuesto principal en la compra de vivienda usada. En la Comunitat Valenciana, el tipo general es del 10 % sobre el valor de referencia del Catastro o el precio escriturado, el mayor de los dos. Es un impuesto cedido a la comunidad autónoma, por lo que el tipo puede diferir de otras regiones.

  • Tipo general: 10 % del valor de referencia catastral o del precio escriturado (el mayor).
  • Tipo reducido al 8 %: Para compradores menores de 35 años que adquieren su vivienda habitual con valor ≤ 180.000 €.
  • Tipo reducido al 4 %: Para personas con discapacidad igual o superior al 65 % que compran vivienda habitual.
  • Tipo reducido al 4 %: Para familias numerosas que adquieren vivienda habitual con valor ≤ 360.000 €.
Aviso
Base imponible: el valor de referencia del Catastro Desde 2022, Hacienda comprueba la declaración del ITP contra el valor de referencia catastral. Si el precio escriturado es inferior a ese valor, la base imponible será el valor de referencia, no el precio pagado. Verifica siempre este dato en la Sede del Catastro antes de firmar.

IVA + AJD — vivienda nueva del promotor

Cuando el vendedor es un promotor y la vivienda no ha sido habitada con carácter permanente, el régimen fiscal cambia: se paga IVA (impuesto estatal) en lugar de ITP, más el Acto Jurídico Documentado autonómico.

  • IVA general: 10 % sobre el precio de venta para vivienda libre de obra nueva.
  • IVA reducido: 4 % para vivienda de protección oficial de régimen especial o promoción pública.
  • AJD (Actos Jurídicos Documentados): 1,5 % en la Comunitat Valenciana sobre el valor escriturado. Se aplica siempre que haya escritura notarial inscribible sujeta a IVA.
Tipo de vivienda Impuesto principal Tipo aplicable AJD adicional
Segunda mano (general) ITP 10 % No aplica
Segunda mano (joven ≤ 35 años, V.H.) ITP reducido 8 % No aplica
Segunda mano (discapacidad ≥ 65 %) ITP reducido 4 % No aplica
Obra nueva del promotor IVA 10 % 1,5 %
VPO régimen especial IVA reducido 4 % 1,5 %

Gastos de notaría, registro y gestoría

Junto a los impuestos, el comprador asume tres gastos administrativos cuyo importe no depende de la comunidad autónoma sino de aranceles y tarifas reguladas o de libre competencia.

Notaría

Los honorarios notariales están regulados por arancel. Para una vivienda de 250.000 €, la escritura de compraventa suele situar la minuta entre 600 € y 1.000 €, en función del número de folios, copias y complejidad de la operación. Si se firma hipoteca simultáneamente, el banco asume los gastos de la escritura hipotecaria desde la reforma de 2019.

Registro de la Propiedad

La inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad también se rige por arancel. El coste habitual para una vivienda entre 150.000 € y 300.000 € se sitúa entre 400 € y 650 €. Sin registro, la transmisión no es oponible frente a terceros.

Gestoría

La gestoría tramita la liquidación de impuestos y la inscripción registral. Su tarifa es libre: oscila entre 300 € y 600 € según el despacho y la complejidad. No es obligatoria si el comprador realiza los trámites de forma directa, aunque en operaciones con hipoteca la entidad financiera suele exigirla.

Consejo
Negocia la gestoría si no hay hipoteca En compras al contado, el comprador elige libremente la gestoría. Comparar presupuestos de 2-3 despachos puede suponer un ahorro de 200-300 € sin ningún riesgo en la operación.

Ejemplo práctico: vivienda de segunda mano a 250.000 € en Valencia

Para un comprador mayor de 35 años que adquiere una vivienda usada como residencia habitual a 250.000 €, el desglose de gastos estimado es el siguiente:

Concepto Base Tipo / Importe estimado
ITP (tipo general) 250.000 € 10 % → 25.000 €
Notaría 700 € aprox.
Registro de la Propiedad 500 € aprox.
Gestoría 400 € aprox.
TOTAL GASTOS ADICIONALES ≈ 26.600 € (10,6 % del precio)

Si ese mismo comprador tuviera menos de 35 años y la vivienda fuera su primera residencia habitual, el ITP bajaría al 8 %, lo que representaría un ahorro fiscal de 5.000 € sobre el mismo precio de compra.

Gastos previos a la firma: señal y arras

Antes de la escritura ante notario, es habitual firmar un contrato de arras. Las arras penitenciales (art. 1454 CC) suponen entregar normalmente entre el 5 % y el 10 % del precio como garantía. Este importe se descuenta del precio final en el momento de la escritura, pero el comprador debe tenerlo disponible semanas antes del cierre.

  • Arras confirmatorias: Confirman el contrato; su incumplimiento da derecho a daños y perjuicios, sin doble devolución automática.
  • Arras penitenciales: Las más habituales: si el comprador desiste, pierde la señal; si desiste el vendedor, devuelve el doble.
  • Tasación bancaria: Si se financia con hipoteca, el banco exige tasación oficial. Coste habitual: entre 300 € y 500 € que abona el comprador.

El mayor error que vemos en compradores primerizos es calcular el presupuesto sobre el precio de la vivienda, olvidando que los gastos e impuestos pueden superar los 25.000 € en una operación estándar en Valencia.

— — Equipo Real Estate Leader, análisis de operaciones 2024-2026

Bonificaciones y deducciones autonómicas en 2026

La Comunitat Valenciana mantiene en 2026 las siguientes reducciones sobre el ITP para perfiles específicos. Todas requieren que la vivienda sea habitual y que el comprador no sea propietario de otro inmueble en el momento de la compra.

  • Jóvenes hasta 35 años: Tipo reducido del 8 % si el valor de la vivienda no supera 180.000 €. La deducción se aplica en la autoliquidación del ITP.
  • Familias numerosas: Tipo reducido del 4 % para vivienda habitual con valor ≤ 360.000 €.
  • Personas con discapacidad ≥ 65 %: Tipo reducido del 4 % sin límite de valor de la vivienda.
  • Víctimas de violencia de género: Tipo reducido del 4 % para adquisición de vivienda habitual.

Comprueba siempre el cumplimiento de los requisitos en la normativa vigente de la Agència Tributària Valenciana antes de liquidar el impuesto, ya que las condiciones pueden revisarse en los presupuestos anuales.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Quién paga los gastos de compraventa en Valencia, el comprador o el vendedor?

En la Comunitat Valenciana, el comprador asume el ITP (o IVA+AJD en obra nueva), los gastos de notaría de la escritura de compraventa, el Registro de la Propiedad y la gestoría. El vendedor paga la plusvalía municipal (IIVTNU), su parte proporcional del IBI del año en curso y, si aplica, el IRPF por la ganancia patrimonial en su declaración anual.

¿Cuándo se paga el ITP después de firmar la escritura?

El plazo legal para autoliquidar e ingresar el ITP ante la Agència Tributària Valenciana es de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura pública. Pasado ese plazo, se generan recargos del 5 % al 20 % más intereses de demora.

¿El precio de la vivienda o el valor catastral es la base del ITP?

Desde el 1 de enero de 2022, la base imponible del ITP es el valor de referencia catastral publicado por el Catastro, siempre que sea superior al precio escriturado. Si el precio real es mayor que el valor de referencia, la base es el precio. El comprador puede impugnar el valor de referencia si considera que no refleja el valor de mercado.

¿Hay gastos extra si la compra se financia con hipoteca?

Desde la Ley Hipotecaria de 2019, el banco asume el Impuesto de AJD de la escritura de hipoteca, los gastos de notaría de esa escritura y los de gestoría e inscripción registral de la hipoteca. El comprador solo paga la tasación (300-500 €) y la comisión de apertura si la hubiera, según el contrato firmado.

¿Se pueden deducir los gastos de compra en el IRPF?

En la actualidad, los gastos de adquisición (ITP, notaría, registro) no son deducibles en la cuota del IRPF para vivienda habitual, ya que la deducción estatal por compra de vivienda habitual quedó suprimida en 2013. Sin embargo, estos gastos sí incrementan el valor de adquisición y reducen la ganancia patrimonial cuando se venda la vivienda en el futuro.

¿Para quién es?

Para ti si…

  • Compradores de primera vivienda en Valencia que quieren calcular el presupuesto total antes de hacer una oferta
  • Inversores inmobiliarios que evalúan la fiscalidad de una operación en la Comunitat Valenciana
  • Profesionales del sector (agentes, asesores) que necesitan un documento de referencia actualizado para trasladar a clientes
No es para ti si…

  • Vendedores: los gastos del vendedor (plusvalía municipal, IRPF por ganancia) no se tratan en detalle en este artículo
  • Compradores fuera de la Comunitat Valenciana: los tipos del ITP y las bonificaciones autonómicas varían significativamente en cada región
Lo que debes tener claro antes de firmar en Valencia

Para una vivienda de segunda mano a precio de mercado en Valencia, reserva entre un 10 % y un 11 % sobre el precio de compra para cubrir ITP, notaría, registro y gestoría. Si la operación es sobre obra nueva, la cifra sube al 11,5 %-12,5 % por la suma de IVA (10 %) más AJD (1,5 %). Verifica siempre el valor de referencia catastral antes de escriturar y comprueba si reúnes los requisitos para algún tipo reducido: en perfil joven o familia numerosa, el ahorro puede superar los 5.000 €. Contar con un asesor que conozca la normativa autonómica vigente reduce el riesgo de liquidaciones complementarias de Hacienda.

Nuestra recomendación:Consulta con un agente especializado en Valencia para validar el valor de referencia catastral y las bonificaciones aplicables a tu perfil antes de autoliquidar el ITP.
¿Compras vivienda en Valencia? Te asesoramos sin compromiso



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